La fotógrafa cristiana Emilee Carpenter enfrentaba hasta un año de cárcel por rechazar trabajos contrarios a su visión del matrimonio. El juez revirtió su decisión anterior, apoyándose en el reciente precedente de la Corte Suprema. La nueva resolución reconoce que el estado no puede obligar a nadie a expresar ideas ajenas a su conciencia.
Un tribunal federal en Nueva York ha ordenado al estado que suspenda la aplicación de una ley en contra de una fotógrafa y bloguera cristiana, la cual la obligaría a expresar ideas sobre la sexualidad humana que contradicen sus creencias religiosas.
El juez federal Frank Geraci escribió en su decisión del jueves que una ley del estado de Nueva York que garantiza «el acceso igualitario a bienes y servicios disponibles al público» no puede ser utilizada para forzar a un negocio a ofrecer servicios que comuniquen ideas sobre la sexualidad humana con las que el proveedor no esté de acuerdo.
Emilee Carpenter, quien dirige Emilee Carpenter Photography, demandó al estado por dicha ley, argumentando que esta la obligaría a realizar sesiones fotográficas y redactar blogs sobre bodas civiles entre personas del mismo sexo o compromisos poliamorosos, a pesar de su convicción religiosa de que el matrimonio es entre un hombre y una mujer.
De ser encontrada culpable de infringir la ley, Carpenter podría enfrentar hasta un año de prisión, multas de hasta 100.000 dólares y la revocación de su licencia comercial.
En su dictamen, el juez señaló que Carpenter ofrece «un servicio fotográfico personalizado y adaptado, guiado por su propio juicio artístico y moral». Añadió que sus servicios «constituyen una actividad expresiva protegida por la Primera Enmienda».
Geraci declaró que Carpenter «cree que el matrimonio entre un hombre y una mujer es un don de Dios, y utiliza su empresa de fotografía para celebrar tales uniones». Subrayó que la ley intenta imponerle «una actividad expresiva» y que «esa expresión le pertenece».
El fallo tiene un alcance limitado y, por el momento, solo impide que el estado aplique la ley contra Carpenter mientras continúa el proceso judicial.
La decisión del 22 de mayo revierte un fallo anterior del propio juez Geraci, emitido el 31 de diciembre de 2021, sobre la misma cuestión. En esta nueva resolución, Geraci explicó que cambia de criterio basándose en el precedente sentado por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso 303 Creative LLC v. Elenis, que abordó preocupaciones similares sobre una ley de Colorado.
En esa sentencia de 2023, el Tribunal Supremo resolvió por 6 votos contra 3 que el estado de Colorado no podía obligar a una diseñadora web a crear sitios web que promovieran el matrimonio entre personas del mismo sexo, ya que iba en contra de sus creencias religiosas.
Geraci escribió que, contrariamente a su fallo anterior, el Tribunal Supremo «determinó que la cláusula de libertad de expresión de la Primera Enmienda impide a los estados aplicar sus leyes de servicios públicos a actividades expresivas para imponer un discurso».
Bryan Neihart, asesor jurídico principal de la organización Alliance Defending Freedom (ADF), celebró la decisión. ADF y Raymond Dague, del bufete Dague Law, representan a Carpenter en esta causa. ADF también representó a 303 Creative en el caso histórico ante el Supremo.
«La libertad de expresión es para todos, y cada vez más tribunales están fallando en coherencia con ese principio», señaló Neihart en un comunicado. «Como reafirmó el Tribunal Supremo en el caso 303 Creative, el gobierno no puede obligar a los estadounidenses a decir cosas en las que no creen».
Añadió: «La Constitución de los Estados Unidos protege la libertad de Emilee para expresar sus propias ideas, mientras continúa sirviendo a clientes de todos los orígenes y creencias. El tribunal de distrito ha defendido correctamente esa libertad y ha seguido el precedente del Supremo. Emilee ahora puede disfrutar de la libertad de crear y expresarse, una libertad que protege a todos los estadounidenses, sin importar sus convicciones».
La oficina de la fiscal general del estado de Nueva York, Letitia James, representa al estado en el litigio. Hasta el momento, no ha emitido comentarios sobre el fallo.
AcaPrensa / CNA / InfoCatólica
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